Bases

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BASE PRIMERA.- ANTECEDENTES
La conocida en su conjunto como la Calle Barranco de Graus, constituye una gran superficie de la zona centro neurálgico de Graus. Se pretende una intervención que va más allá de las tradicionales intervenciones de reurbanización, ya que implicará una regeneración social y económica.
El planteamiento inicial y ambicioso en todos sus extremos pasa por mejorarla y convertirla en un espacio más agradable de relación, clave en los flujos de ciudadanos que recorren el centro, entre los edificios administrativos y vinculados a la cultura y conjunto histórico y artístico que la circundan y la zona comercial de la misma.
Es necesario revitalizar y reordenar este espacio peatonal y de vehículos para que gane funcionalidad, atractivo y competitividad y por ello es importante potenciar su explendor comercial con una reforma urbanística y con medidas de accesibilidad que faciliten el incremento de los flujos de público sobretodo los estacionales.
La promoción de este concurso se enmarca en el objetivo de conseguir:
-Generar interés turístico y desarrollo económico local.
-Alternativas al tráfico y movilidad actual.
-Promover el uso y disfrute de la ciudadanía en general.
-Promover la conservación del patrimonio histórico y sostenibilidad medioambiental.
-Se ha considerado idónea la convocatoria de un concurso abierto de ideas como procedimiento para la obtención de las mejores propuestas y soluciones urbanísticas en todos sus aspectos, que permitan lograr soluciones que, junto con una imprescindible funcionalidad y conservación de patrimonio histórico, aporten valores y características de interés turístico, urbanístico y medioambiental que sirvan finalmente a satisfacer un mayor disfrute de la ciudadanía.

BASE SEGUNDA.- OBJETO DEL CONCURSO
El objeto del presente concurso trata de seleccionar, entre los diferentes anteproyectos presentados, aquellas propuestas y soluciones que, debidamente argumentadas y respaldadas por criterios de lógica social, económica, y urbanística, a criterio del Jurado, resulten idóneas para la reurbanización integral de la comúnmente denominada Calle Barranco y que la forman las calles Salamero, Barranco y General Mur hasta su conexión con el sistema general viario que llega al futuro tanatorio municipal en construcción.
Se buscan propuestas adaptada a los cambios necesarios, demandados, y tendencias actuales de uso por peatones, vehículos, empresas, con el fin de la obtención de su máximo aprovechamiento social y rentabilidad económica, como arteria principal de Graus.
Las propuestas que se planteen, necesariamente deberán contener y abordar soluciones sobre los siguientes aspectos:
-Reordenación de usos.
-Reordenación de espacios.
-Reordenación de instalaciones.
-Sistema de movilidad, accesos y comercios, espacios peatonales, transporte público, estacionamiento de vehículos.
-Sistema de dotaciones públicas y mobiliario urbano.
-Integración ciudadana.
-Eliminación de barreras arquitectónicas.
-Solución posible a los conflictos y necesidades funcionales referentes a flujo de tráfico, camiones, abastecimiento a establecimientos comerciales, autobuses, carriles bici, peatonales, necesidades de aparcamiento del ámbito de actuación
-Definición de un proceso de cambio mediante cambios sucesivos, estableciendo fases de actuación.
El concurso de ideas se desarrollará a nivel de anteproyecto, anónimo, y en una única fase; el procedimiento de adjudicación será abierto. El idioma oficial para toda la documentación y desarrollo del concurso será el castellano.
Cada Titulado participante solo podrá formar parte de un equipo o empresa concursante, y cada Concursante (a título individual o como parte de un equipo o empresa) únicamente podrá presentar una propuesta. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar la exclusión de todas las propuestas por él suscritas.
Dicho objeto corresponde al código 71230000-9 “Servicios de organización de concursos de proyectos de arquitectura” de la nomenclatura vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea.

BASE TERCERA.- REGIMEN JURÍDICO
El presente Concurso tiene la naturaleza de Concurso de Anteproyectos con Intervención de Jurado, conforme a lo establecido en los artículos 184 a 188 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP).
El contrato a que se refiere el presente Pliego es de naturaleza administrativa y se regirá para lo no previsto en este pliego de cláusulas, por el vigente TRLCSP, por el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre; por la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local y, en su caso, por las restantes normas de Derecho Administrativo que le sean de aplicación.
En caso de discordancia entre el presente Pliego y cualquiera de los documentos contractuales, prevalecerá el Pliego de Cláusulas Administrativas, en el que se contienen los derechos y obligaciones de los concursantes y adjudicatarios.

BASE CUARTA.- PREMIOS DEL CONCURSO
Los premios quedan configurados de la siguiente manera:
Único Premio: Entrega de la cantidad de 2.000 €
Al concursante o equipo que sea declarado ganador, según lo dispuesto en estas Bases, se le podrán adjudicar los trabajos de redacción del proyecto básico y de ejecución correspondiente, para lo cual se abrirá un procedimiento conforme a lo dispuesto en la vigente ley de contratación con administraciones públicas.
El concurso podrá declararse desierto en caso de que ninguno de los proyectos presentados resulte suficientemente satisfactorio para los objetivos del concurso. También podrá el jurado, si lo estima conveniente, no otorgar el premio, y en su lugar invitar a los autores de las propuestas a mejorar aquellos aspectos que a juicio del Jurado hagan inviable la adjudicación del premio.
Si así sucediera, se invitará a los mismos a una sesión conjunta en que se les hará saber el dictamen del Jurado, y se les otorgará un plazo máximo de un mes para la corrección o desarrollo de sus propuestas. En el plazo máximo de quince días desde su recepción, el Jurado procederá, en su caso, a la adjudicación del premio, cuyo importe incluye los tributos a los que hubiere lugar.
La notificación de la adjudicación del concurso se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca.

BASE QUINTA.- DESTINATARIOS DEL CONCURSO
Los concursantes podrán ser personas físicas o jurídicas, espan~olas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 del TRLCSP y que no estén incursos en ninguna de las prohibiciones para contratar que se recogen en el artículo 60 de la misma norma, y acrediten la suficiente solvencia económica, financiera y técnica necesaria, de conformidad con lo dispuesto en este).
Dada la naturaleza del concurso, éste está abierto a la participación de profesionales individuales (que acrediten titulación suficiente que les faculte en el ambito nacional en el momento de la inscripción) así como equipos de especialistas liderados por alguno de los anteriores.
Quienes reúnan las condiciones requeridas podrán participar individualmente o formando equipos multidisciplinares, donde se incorporen profesionales procedentes de distintas disciplinas, que tendrán la consideración de Coautores. Se contempla también la participación en las mismas condiciones de personas jurídicas cuyos fines sociales correspondan con el objeto del concurso, siempre y cuando el director de equipo o el encargado de dirigir los trabajos sea un profesional con titulación suficiente.
Cada participante solo podrá formar parte de un único equipo, bien sea como titular o como colaborador y sólo podrá presentar una propuesta.
Podrán participar en el concurso uniones temporales de empresas que se constituyan temporalmente al efecto, sin que haga falta su formalización en escritura pública hasta que hayan resultado ganadoras y se haya efectuado la adjudicación del sucesivo contrato a su favor. En todo caso, aportarán compromiso suscrito por todas empresas de constituirse formalmente en unión temporal caso de resultar ganadoras y adjudicatarias del contrato, indicando su participación en la unión temporal. Estas empresas quedarán obligadas solidariamente ante el Ayuntamiento de Graus. Cada una de las personas participantes podrá presentar como máximo una solución al concurso. Ningún interesado podrá presentarse en unión temporal si lo ha hecho individualmente, así como tampoco podrá figurar en más de una unión temporal. En caso de hacerlo será causa de no admisión de todas las participaciones suscritas por éste. Asimismo, será causa de la no admisión al concurso la presentación de un mismo equipo técnico o de un mismo miembro de este equipo por varios concursantes, salvo que estos se presenten en UTE.
La inscripción en el concurso implica el conocimiento y aceptación plena de todas las condiciones establecidas en las presentes bases.

BASE SEXTA.- INCOMPATIBILIDADES Y DEBER DE ABSTENCIÓN
No podrán participar en el concurso, como titulares o como miembros de equipos, personas comprendidas en los siguientes supuestos:
-Los miembros del Jurado.
-Quienes tengan, con los anteriores, parentesco de primera o segundo grado, de consaguinidad o afinidad.
-Quienes se encuentres asociados, o mantengan relaciones de servicio colaboración profesional con los miembros del Jurado, del Coordinador o del Comité Técnico
-Todos los concursantes deberán cumplir los requisitos de capacidad descritos en los artículos 54 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre y no incurrir en ninguna de las prohibiciones para contratar del artículo 60 de la misma norma.
-No podrán participar en el concurso los miembros del jurado, sus familiares con parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo grado.
Ningún participante podrá establecer ningún tipo de relación profesional con los miembros del jurado durante el período del concurso.

BASE SÉPTIMA.- CORDINADOR TÉCNICO Y CONSULTAS TÉCNICAS
Coordinador Técnico.
El Ayuntamiento de Graus nombrará un Coordinador Técnico que además, estará presente en las reuniones del Jurado, para resolver cualquier cuestión técnica que este pueda requerir. Sus funciones serán el velar por que se cumpla el calendario del concurso, supervisar la recepción de consultas y la contestación a las mismas, el envío de precisiones complementarias a todos los concursantes, la recepción y custodia de las propuestas, será también el responsable de que se respete el anonimato y recepcionará los informes del Comité Técnico para su traslado al Jurado. Sus funciones estarán limitadas a la organización del concurso.
En concreto, serán funciones del Coordinador Técnico del Concurso las siguientes:
-Facilitar información sobre el concurso y resolver las consultas administrativas y técnicas que se puedan plantear, en forma y plazo conforme a las presentes bases.
-Gestionar la inscripción de los concursantes conforme lo recogido en estas Bases Administrativas asegurando en todo momento su anonimato.
-A partir de la fecha de finalización del plazo de inscripción, custodiará la documentación de los participantes presentados.
-Coordinar el desarrollo del concurso, de modo que se ajuste a los procedimientos y plazos estipulados de las bases y pliegos del concurso.
-Constituir y preparar las sesiones de trabajo del Comité Técnico y del Jurado.
-Informar al Jurado de los concursantes que entreguen la documentación fuera de plazo o sin ajustarse a lo establecido en las bases.
La correspondencia de todo tipo referida al Concurso se mantendrá con el Coordinador Técnico, cuyos datos son los siguientes:

Coordinador Técnico: Juan Antonio De Mur Larramona
Dirección: Plaza Mayor, nº15 - Ayuntamiento de Graus
Teléfono: 974 54 00 02
Fax: 974 54 60 02
C. electrónico: serviciostecnicosgraus@aragon.es
Página web: www.graus.es

Consultas Técnicas.
Desde el momento de la convocatoria del concurso se podrán hacer consultas relacionadas con la inscripción del mismo. Durante el plazo habilitado para la fecha de entrega de los trabajos, se podrán realizar por los concursantes consultas de carácter técnico que en todo caso se realizarán por correo electrónico. La relación de consultas y las aclaraciones correspondientes, se publicarán en la página Web del concurso. Estas serán analizadas y contestadas por el Coordinador Técnico, que recabará cuanto asesoramiento estime necesario. A las consultas de carácter técnico tendrán acceso los concursantes inscritos a través de la página Web del concurso. La lista de preguntas y respuestas será facilitada al Jurado del concurso como anexo a las presentes bases. Las consideraciones que se deriven de estas consultas tendrán carácter de obligado cumplimiento.
 

Estudio Topográfico.
Para el buen fin del concurso de ideas y de cara a mejorar las propuestas a realizar por los concursantes el Ayuntamiento de Graus ha realizado y pone a disposición de ellos un estudio topográfico de la zona afectada por el objeto de este concurso.

BASE OCTAVA.- INSCRIPCIÓN, ADMISIÓN Y ANONIMATO DE LOS CONCURSANTES
El plazo de inscripción finalizará según lo citado en el apartado 13 de estas bases. La inscripción se realizará en el registro general de entrada municipal.

BASE NOVENA.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS CONCURSANTES
La documentación a presentar por los concursantes se presentará en el Ayuntamiento de Graus en horario de atención al público la siguiente documentación en sobres cerrados:
-SOBRE “A”: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
-SOBRE “B”: PROPUESTA TÉCNICA
 

10.1 SOBRE “A”, DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Un sobre cerrado en el que figurará externamente el título “SOBRE A: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA” y el título del concurso: “REURBANIZACIÓN INTEGRAL DEL CONJUNTO DE LA CALLE BARRANCO EN GRAUS”. En el interior del sobre, que deberá estar cerrado, se incluirá en una hoja formato DIN-A4:
a. Datos del Concursante
-Apellidos y nombre del Titulado/a, grupo de titulados/as o su representante. Nombre de la Empresa y de su representante. En ambos casos deberá constar expresamente el domicilio a efectos de notificación, teléfono, fax y dirección de correo electrónico.
-En el caso de presentarse como sociedades o titulados agrupados, compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (UTE) indicando en el mismo el porcentaje de participación a los efectos de su posible contratación por el M.I. Ayuntamiento de Telde. Dicho compromiso deberá ser suscrito por la totalidad de los componentes.
b. Documentación acreditativa de la personalidad y capacidad del concursante
-Si el concursante es Persona Física se presentará fotocopia autenticada, notarial o administrativamente, del Documento Nacional de Identidad (DNI) o, en su caso, del documento que haga sus veces. Los concursantes extranjeros deberán presentar la misma documentación que los concursantes españoles, con la asimilación que corresponda con las concordantes leyes de su país.
-Si el concursante fuera Persona Jurídica, se acreditará mediante la Escritura del Constitución y, en su caso, modificación, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito sea exigible conforme a la Legislación Mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante Escritura o documento de constitución, modificación, estatutos o acto fundacional en el que constarán las normas por las que se regula su actividad, inscritos en su caso, en el registro Oficial correspondiente. Asimismo, tarjeta acreditativa del código/número de identificación fiscal o documento equivalente que le sustituya.
-Según lo previsto en el artículo 72 del TRCSP, la capacidad de obrar de las empresas no espan~olas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará con la legislación del Estado donde estén establecidas, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado.
-La capacidad de obrar de las restantes empresas extranjeras se acreditaría mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa.
-En estos supuestos, será también exigible justificar, mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente Espan~ola, que se acompan~ará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas espan~olas en la contratación con la Administración con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables o los enumerados en el artículo 2 del TRLCSP, en forma sustancialmente análoga, salvo que se trate de empresas nacionales de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
c.Declaración responsable de no estar incurso en ninguno de los casos de prohibición de contratar con la Administración, según el Anexo I
La declaración responsable a que se refiere el enunciado anterior comprenderáá expresamente:
-La circunstancia de tener capacidad de obrar y no estar incurso en las prohibiciones que contiene el artículo 60 del TRLCSP.
-La circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las Obligaciones Tributarias en el Estado y la Comunidad Autónoma impuestas por las Disposiciones vigentes, así como de las obligaciones para con la Seguridad Social o de no estar obligado a presentar las declaraciones o documentos relativos a tales obligaciones.
-Que no forma parte de la entidad persona alguna incursa en los supuestos a que se refiere la Ley 8/2006, de 10 de abril, de Regulación de los conflictos de intereses de los miembro del Gobierno y de altos cargos de la Administración General del Estado; Ley 3/1997, de 8 de mayo, de incompatibilidad de los miembros del Gobierno y Altos Cargos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias; Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas; y el Texto Refundido de la LCSP.
-Que no haya participado en la elaboración de las especificaciones técnicas del concurso.
c.Solvencia profesional
La solvencia profesional de las concursantes se acreditará mediante la aportación de original o copia compulsada del documento que acredite estar en posesión del Título académico que le habilite, conforme a la normativa de ordenación de la edificación, a presentar propuestas arquitectónicas y a suscribir proyectos básicos, en los términos previstos en las Bases del concurso.
En el caso de Titulados Extranjeros que sean nacionales de Estados no miembros de la Unión Europea, presentarán documento que acredite la homologación del título en Espanña.
e. Solvencia económica
La solvencia económica de los concursantes se acreditará mediante la aportación de uno o varios de los siguientes documentos:
-Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales válido en España, con un límite mínimo asegurado de CIENTO TREINTA MIL EUROS (130.000,00 €).


10.2 SOBRE “B”, PROPUESTA TÉCNICA
Deberá tener el siguiente título: “Sobre B: Propuesta técnica del Concurso de difusión de ideas con intervención de jurado y participación ciudadana para la selección de propuestas de reurbanización integral de la comúnmente denominada Calle Barranco y que la forman las calles Salamero, Barranco y General Mur hasta su conexión con el sistema general viario que llega al futuro tanatorio municipal en construcción.” (Art. 145 y 146 del TRCSP).
En la misma habrán de introducirse los dos siguientes sobres separados:
Sobre de Identificación de la propuesta (Sobre “B.a”)
Se incluirá un sobre opaco y cerrado con una ficha de identificación del concursante con los siguientes datos:
-Nombre y apellidos del concursante (debe coincidir con lo cumplimentado en la inscripción).
-Nombre y apellidos en su caso de los colaboradores.
-Número de teléfono, fax y correo electrónico.
Si el concursante desea permanecer en el anonimato si su propuesta no es premiada, hará constar su deseo tanto en el exterior del sobre como en la ficha de identificación escribiendo la palabra “ANÓNIMO”. Los trabajos premiados no podrán ser anónimos.
Sobre de propuesta técnica (Sobre “B.b”)
Se presentarán a modo orientativo un máximo de 2 paneles en soporte rígido de tamaño A-1.
Los paneles incluirán la siguiente información escrita:
Explicación y justificación de la solución adoptada. Sucinta descripción de sistemas constructivos, materiales y calidades. Avance del coste real estimado, debidamente justificado.
Junto a los paneles se entregará un CD-ROM que incluirá los ficheros utilizados, preferiblemente en Word, PDF o DWG, para la composición de los mismos, el CD-ROM deberá ser anónimo y estar rotulado con el lema elegido.
Se presentarán además 3 ejemplares encuadernados en formato DIN A4, que deberán contener la documentación escrita, en todo caso, la reproducción de los paneles, en formato A3, plegados.
Presentados los mismos, se constituirá el Jurado que evaluará y puntuará los anteproyectos, y emitirá dictamen para la adjudicación del concurso de proyectos.

BASE DÉCIMA.- CRITERIOS DE VALORACIÓN
Se valorarán los siguientes aspectos de las propuestas:
-Adaptación al Plan General de Ordenación Urbana. No obstante, se podrán plantear propuesta de modificación del mismo si fuera preciso y cuya idoneidad será valorada por el Ayuntamiento de Graus.
-Conservación de la estructura e integración en el entorno.
-Viabilidad económica y propuestas para hacerlo viable.
-Racionalidad urbanística y/o integración con el resto del entorno urbano.
-Uso de innovaciones tecnológicas.
-Protección del medioambiente y eficiencia energética.
-Sensibilización con la accesibilidad universal, movilidad en ámplio sentido y estacionamiento de vehículos.
-Ciclo de agua y ahorro energético.
-Estrategias que eviten la contaminación acústica.
-Calidad urbanística.
-Importe estimado de la ejecución del proyecto.(sin IVA y con Beneficio Industrial).
-Importe estimado de los honorarios por dirección de la obra y de la ejecución de la obra.
-Otros importes económicos (derechos sobre posibles condiciones de suministros, tanto de energía eléctrica, como otros posibles suministros).

BASE DÉCIMO PRIMERA.- COMPOSICIÓN DEL JURADO
El Jurado estará compuesto por ocho miembros, según el siguiente esquema:
Presidente:
Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Graus
Vocales:
-1 Concejal PP*
-1 Concejal PSOE*
-1 Concejal PAR*
-1 Concejal ARAGÓN SÍ PUEDE*
* Voto ponderado.
-1 Miembro a propuesta Colegio de Arquitecto.
-Personal Técnico del Ayuntamiento.
-Sr. D. Francisco Asarta.
Secretario:
La Secretaria de la Corporación Municipal (quien tendrá voz pero sin facultades para emitir voto).
Serán funciones del Jurado:
-El análisis de la documentación y la admisión definitiva de los trabajos recibidos.
-La propuesta razonada de exclusión de aquellos trabajos no admitidos, que se recogerá en acta, y podrá deberse a:
    -Entrega de la documentación fuera de plazo.
    -Incumplimiento de alguna de las presentes Bases.
    -Insuficiencia de documentación para la adecuada valoración de las propuestas.
    -Quebrantamiento del anonimato o de las normas de presentación.
    -Cualquier intento de influir en la decisión del Jurado a través de cualquier medio.
-El análisis de las propuestas presentadas y valoración de las mismas, pudiendo recabar a tal efecto los asesoramientos que estime oportunos.
-La vigilancia y el cumplimiento del anonimato en la documentación.
-La aplicación e interpretación de las presentes Bases, estableciendo las normas de su propio funcionamiento.
-La propuesta de resolución definitiva: el fallo que resuelva el concurso deberá ser razonado y será inapelable.
-El Secretario del Jurado levantará acta de todas las actuaciones que efectúe el mismo.
-Las decisiones del Jurado se tomarán por unanimidad o, en su defecto, por mayoría de las asistencias.

BASE DÉCIMO SEGUNDA.- DESARROLLO DEL CONCURSO
Inscripción.
Una vez se halle abierto el plazo, los aspirantes deberán formalizar su inscripción en virtud de lo dispuesto en el apartado 9 de las presentes Bases. Tras ello, los concursantes deberán proceder al envío del sobre “A” descrito en el apartado 10.1 de estas Bases.
Listado provisional de inscritos y plazo de subsanación.
Una vez finalizado el plazo de inscripción se publicará en la página web del Ayuntamiento de Graus y en la del Concurso, un listado provisional de inscritos. Examinada por el órgano de contratación la documentación del sobre A presentada por los concursantes, se decidirá respecto a la admisión de los mismos. Los defectos u omisiones en la citada documentación se comunicarán a los interesados, mediante fax o correo electrónico indicados a los efectos de notificación, para su subsanación en un plazo de tres (3) días hábiles.
Listado definitivo de concursantes admitidos.
Una vez examinada la documentación y, en su caso, las subsanaciones, conforme al plazo establecido en el apartado anterior, se publicará en la página Web del concurso y en la del Ayuntamiento de Graus la lista definitiva de admitidos.
Información y consultas.
Se atenderá a lo dispuesto en los apartados 7 Y 8 de las presentes Bases.
Entrega de propuestas técnicas.
Los concursantes inscritos deberán entregar sus propuestas técnicas en el plazo establecido en el apartado 10.2 de estas Bases.
Análisis previo de las propuestas por parte del Coordinador Técnico.
En un plazo de tres (3) días hábiles a partir del cierre del plazo de presentación de propuestas, el Coordinador Técnico emitirá el informe descrito en el apartado 8 de estas Bases.
Análisis de los proyectos y propuestas del Jurado.
El objetivo del Jurado será proponer a la consideración pública los tres mejores proyectos. El Coordinador remitirá a los miembros del Jurado todos los archivos enviados por los concursantes en el sobre “Bb” debidamente organizados junto al informe que emita. El Secretario fijará la fecha de reunión del Jurado para deliberar en un plazo de 15 días naturales desde la finalización de la presentación de propuestas. La constitución del Jurado se realizará conforme a las siguientes previsiones:
1.Para la constitución del Jurado, será necesaria la asistencia de quórum, que se cumplirá con la asistencia de más de un tercio de sus miembros.
2.Los miembros del Jurado proclamarán que no participan como concursantes y que desconocen la identidad de los concursantes.
La reunión del jurado tendrá lugar en el local donde estén expuestos los paneles recibidos, para proceder a la discusión del fallo. Previamente a cualquier otra consideración se procederá a la admisión o exclusión de trabajos según los criterios del apartado anterior.
El Jurado acordará un procedimiento de selección en función a la cantidad y calidad de las propuestas presentadas, basándose en sistemas de discusión y descartes sucesivos. En caso de optarse por sistemas de votación, de producirse un empate, se procederá a una nueva discusión, y solo tras tres votaciones empatadas, se decidirá el voto de calidad de la Presidenta.
El Jurado, colegiadamente, expondrá, y así quedará recogida en el Acta, los motivos por los cuales se considera que las propuestas son merecedoras del premio sin clasificarlos. También se recogerá en Acta el devenir de la discusión, con indicación de los descartes sucesivo que se hayan ido produciendo. Se podrán emitir votos particulares si así lo desease cualquier miembro del Jurado.
El Jurado hará constar en Acta, firmada por sus miembros, la propuesta de premio, así como, en su caso, los accésits, teniendo en cuenta los méritos de cada propuesta, junto con sus observaciones y cualquier aspecto que requiera aclaración.
El Jurado podrá hacer constar en el Acta de su fallo que una o varias de las propuestas ganadoras admiten una mayor optimización o mejora en algún aspecto relevante, ya sea funcional, constructivo, compositivo o económico.
Identificación de los proyectos.
Conocido el dictamen con la propuesta del Jurado y teniendo en cuenta el contenido del acta, el órgano de contratación procederá a la apertura de los sobres “B.a” para la identificación de los concursantes propuestos y de aquéllos que, no habiendo sido premiados, no solicitaron el anonimato posterior.
Al día hábil siguiente a la identificación de los proyectos, los mismos se someterán a la consideración pública exponiéndolos en la página web del concurso.
Publicación de las propuestas del Jurado.
Los proyectos propuestos por el Jurado serán publicados, junto a su dictamen, en la página Web del Concurso, incluyendo el informe o informes emitidos por el Coordinador Técnico y la identidad de los concursantes para su consulta pública.
Participación Ciudadana.
El Ayuntamiento de Graus, articulará en previsión de este concurso, el sistema y los recursos que estime necesarios para que la ciudadanía pueda emitir su voto al proyecto que entiende más ventajoso y cuyo resultado clasificado sea de mayor a menor en número de votos.
Los proyectos estarán sometidos a “votación popular” en la Web del concurso durante 30 días naturales.
El resultado de las votaciones, que no tendrá carácter vinculante sino consultivo,será valorado por el Jurado para emitir el fallo del proyecto ganador.
Difusión y devolución de los trabajos.
El trabajo premiado podrá ser utilizado por el Ayuntamiento de Graus en cualquier medio de difusión que se prevea sobre el mismo. El resto de participantes podrán retirar sus propuestas tras la proclamación firme de resultados por el órgano de contratación.

BASE DÉCIMO TERCERA.- CALENDARIO Y LUGAR DE FORMALIZACIÓN
El calendario que regirá el presente concurso quedará como sigue:
Fecha límite de inscripción: El plazo finalizará a las 14:00h del décimo día hábil posterior a la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca, la fecha límite se contará a partir de la publicación en el boletín.
Publicación de listado provisional: El listado provisional de los admitidos y excluidos será publicado a los tres días naturales posteriores al cierre de la inscripción.
Subsanación de deficiencias: Una vez publicado el listado provisional, los participantes tendrán un plazo no superior a tres días hábiles presentar las subsanaciones.
Listado de Admitidos Definitivos: Tres días naturales posteriores al cierre del plazo de subsanación, se procederá a la publicación definitiva de los admitidos en el concurso.
Presentación de propuestas: Una vez publicada el listado definitivo de admitidos, los concursantes tendrán un plazo hasta las 14 horas del día 30 de Abril de 2016 para la presentación de las ofertas, según el formado especificado en el apartado 13 de las presentes. En un plazo de tres (3) días hábiles a partir del cierre del plazo de presentación de propuestas, el Coordinador Técnico, emitir el informe descrito en el apartado 15 de estas Bases. En un plazo de 15 días naturales desde la finalización de la presentación de propuestas, se convocará al jurado para la selección de las propuestas que serán objeto de votación en la fase de participación ciudadana, esta tendrá una duración de 30 días naturales.

BASE DÉCIMO CUARTA.- JURISDICCIÓN
El orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas que se planteen en el desenvolvimiento del presente concurso.

BASE DÉCIMO QUINTA.- RECURSOS ADMINISTRATIVOS
Los Acuerdos correspondientes del órgano de contratación pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos. Contra los mismos puede interponerse recurso potestativo de reposición, de conformidad con la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y del Procedimiento Común (artículos 116 y siguientes) en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo dictó o recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley Reguladora de dicha Jurisdicción, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas, en el plazo de dos meses contados a partir de la notificación del Acuerdo (artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa).

BASE DÉCIMO SEXTA.- ENCARGO DEL FUTURO PROYECTO
Si el Ayuntamiento de Graus no pudiera gestionar y completar el encargo del Proyecto por cualquier causa, o por razones de oportunidad desistiera de su realización no se aplicará en ningún caso lo previsto en la LCSP respecto a la suspensión de los contratos y el ganador del concurso no recibirá ninguna cantidad adicional como indemnización, entendiendo que la misma se ha satisfecho con el abono de la cantidad del premio.

BASE DÉCIMO SÉPTIMA.- DISPOSICIONES GENERALES
Propiedad Intelectual; El desarrollo arquitectónico propuesto por el ganador del concurso, y la documentación que lo soporte, serán propiedad única y exclusiva del Ayuntamiento de Graus a quien corresponderá todos los derechos sobre los mismos, con la única excepción de aquellos que, en su caso, y por expresa disposición legal, fueran de carácter inalienable.
En consecuencia, el concursante ganador del concurso o, en su caso, los componentes de la Unión Temporal de Empresas, ceden y transmiten al Ayuntamiento de Graus todos los derechos sobre el trabajo presentado durante el plazo de diez años, de tal manera que el Ayuntamiento de Graus podrá tomar, reproducir, montar, editar y, directamente o mediante terceros, transformar y/o modificar el desarrollo arquitectónico propuesto por el concursante ganador del concurso, sin que esta cesión pueda suponer ninguna reclamación o retribución adicional para el concursante con Intervención de Jurado y tampoco para cualquier técnico que haya participado en ella.
La contraprestación por la mencionada cesión de derechos sobre la propuesta presentada por el concursante ganador del Concurso está incluida en el premio otorgado, motivo por el cual ni el concursante ganador del Concurso quien haya intervenido en la propuesta tendrán derecho a percibir ninguna cantidad adicional por este concepto.
En el supuesto de que la ejecución se ejecutara por un tercero diferente al Ayuntamiento de Graus, éste podrá ceder a favor del tercero los derechos adquiridos sobre el trabajo presentado por el Concursante ganador del Concurso.
Los concursantes se comprometen a no divulgar sus propuestas antes del fallo del Jurado. Sus autores se comprometen a hacer referencia al órgano convocante del concurso en cualquier publicación posterior en la que aparezca su propuesta.
El propio Jurado decidirá sobre cualquier duda de interpretación de los contenidos de las presentes pliegos, así como de otros aspectos relacionados con el Concurso que tengan como finalidad su resolución sin mermar los derechos de los concursantes.
El Ayuntamiento podrá proponer al autor del trabajo premiado la introducción de modificaciones durante la redacción definitiva del proyecto si llegara el caso, para conseguir una mayor adecuación del objeto de la actuación a las necesidades reales del municipio.